• Si el Titular es: persona Jurídica, debe otorgar el poder al Agente, y el poder, a su momento debe estar inscripto en la DINAPI (ver requisitos de registro de poder).
"a posteriori de que llegara a conocimiento de https://imogenqqbc626711.jaiblogs.com/56659469/servicios-de-registro-de-marcas-fundamentos-explicación